La aprobación en el Consejo de Ministros del 29 de mayo del Real Decreto-Ley 20/2020 por el que se establece Ingreso Mínimo Vital supone un paso decisivo en la lucha contra la pobreza severa, nos dignifica como país, refuerza nuestros sistemas de garantías sociales para las personas excluidas y nos acerca a la media europea en materia de ingresos mínimos.
Una medida demandada por Cáritas desde hace años
La necesidad de una renta mínima estatal era una medida demandada por Cáritas desde hace años, y ya formaba parte de las ocho propuestas políticas presentadas en las últimas elecciones generales. Además, la necesidad había sido planteada de manera reiterada, tanto por la Fundación FOESSA como por el resto de las entidades sociales.
Esta medida aliviará la situación de cientos de miles de hogares que viven en extremas condiciones de vida. Familias que no tienen ingresos y que podrán acceder a una medida protectora capaz de garantizar sus derechos básicos. Como se señala expresamente en la exposición de motivos del decreto, el ingreso mínimo vital “actuará como un seguro colectivo ante los retos que nuestras sociedades tendrán que afrontar en un futuro próximo”.
Valoramos como positivo el IMV como derecho subjetivo para las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Como prestación no contributiva de la Seguridad Social, supone un salto adelante en la garantía de los derechos y en la protección de las personas que están en situación de mayor vulnerabilidad.
Cumplirá, además, una función de factor estabilizador automático en las épocas de crisis, generando una base mínima de protección para las personas que no tengan ingresos, que se reducirá en momentos de bonanza, cuando la ocupación pueda recuperarse. En configurarse como un derecho, el Ingreso Mínimo Vital contempla algo que era demandado por el sector social y por el Comité Europeo de Derechos Sociales, como por ejemplo que el tiempo de duración de la prestación vaya ligado a la situación de necesidad de la persona, y que permanezca mientras esta situación no cambie.
Era necesaria la existencia de una prestación en el conjunto de España que regulara las inequidades. Este es un objetivo que queda cubierto con el Ingreso Mínimo Vital, en asegurar un mismo derecho efectivo, independientemente de lugar de residencia y de los posibles cambios residenciales que se puedan producir.
Para Cáritas, es importante que este recurso trate de evitar la pobreza severa, dando una especial atención a los hogares con hijos, aunque pierde capacidad protectora respecto familias más numerosas. También valoramos positivamente el reconocimiento de que el Real Decreto-Ley hace de los procesos de inclusión social, sin que sean una condición imprescindible para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital.
Déficits detectados
Desgraciadamente, el Real Decreto tiene algunos déficits importantes, que dejarán fuera del Ingreso Mínimo Vital (IMV) a personas que deberían poder acceder. Señalamos varios de estos déficits:
- El Ingreso Mínimo Vital excluye a las personas en situación administrativa irregular. Aunque la Ley Orgánica de Extranjería reconoce su derecho a acceder a prestaciones sociales básicas, Cáritas Catalunya lamenta profundamente esta grave omisión. Las personas en situación administrativa irregular viven, trabajan y contribuyen a la sociedad, y en la mayoría de los casos se encuentran en situación de gran precariedad. Nos preocupa la situación de las familias migrantes, que caerán en la irregularidad sobrevenida y, especialmente, la situación de los menores de estas familias, que no estarán protegidos en condiciones de igualdad con el resto de los niños y niñas de nuestro país, debido a que a sus padres les falta un papel.
- Alertamos sobre la restricción en el acceso de las personas jóvenes. No compartimos que no se pueda acceder al ingreso mínimo desde los 18 años, especialmente en el caso de los jóvenes que salen del sistema de protección de menores. Aunque pueda solicitarse a partir de los 23 años, será casi imposible acceder a esta protección, teniendo en cuenta que se pide haber vivido de forma independiente durante 3 años, entre otros requisitos. En el contexto actual, para la juventud es muy complicado vivir de manera independiente.
- La limitación a dos unidades de convivencia en un mismo domicilio supone desconocer la realidad de muchas familias. Ante la dificultad en el acceso a la vivienda y como estrategia de supervivencia, muchas familias deben compartir el hogar, superando el límite fijado por el Real Decreto.
- La vinculación que se establece entre el empleo y la obligación de constar como demandante de empleo supondrá que las personas que, por sus especiales circunstancias (enfermedades crónicas, por ejemplo), tengan dificultades de inclusión en el mercado laboral, no puedan acceder a la prestación.
- También nos preocupa que se queden fuera de esta prestación las personas que estén residiendo de forma permanente en proyectos que cuentan con financiación pública. Hay personas en situación de exclusión que participan en proyectos de inclusión de espacios residenciales, y que serían claros destinatarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Asimismo, el Real Decreto ley deja muchos aspectos sujetos a un desarrollo reglamentario posterior. La forma de abordarlos será esencial para responder a una exclusión social muy compleja, y el Real Decreto-Ley actual no da una respuesta completa.
Encaje con la Renta Garantizada de Ciudadanía
Junto a los aspectos positivos y los déficits señalados, Cáritas Catalunya quiere poner el acento en el encaje con la ya existente Renta Garantizada de Ciudadanía. Hay que tener en cuenta los siguientes retos:
- Es esencial que la Generalitat de Catalunya mantenga la inversión que actualmente destina a la Renta Garantizada de Ciudadanía, y que, por un lado, sea un complemento al Ingreso Mínimo Vital, y por otro lado, amplíe la cobertura a colectivos que en la actualidad no tienen acceso, como las personas en situación administrativa irregular, a pesar que hace tiempo que viven en Catalunya.
- En la mayoría de los casos, el coste de la vivienda y la inversión que las familias deben destinar supera el 50% de sus ingresos. Para evitar que el importe de la nueva prestación se destine mayoritariamente a cubrir el coste de la vivienda y de los suministros, el Ingreso Mínimo Vital debe ir acompañado de un complemento de vivienda. En este sentido, Cáritas pide que la Renta Garantizada de Ciudadanía sea compatible con todas las ayudas existentes para vivienda y que se estudie la manera de implementar un complemento para vivienda de manera coordinada entre el Estado y la Generalitat. El último informe FOESSA situaba en el 28% las personas en situación de exclusión residencial en Catalunya. Sin este complemento, la renta mínima es insuficiente para hacer frente a las situaciones de pobreza.
- El empadronamiento es condición sine qua non para solicitar el IMV. Dado que hay dificultades para empadronarse en muchos municipios de Catalunya, las administraciones deben facilitar los mecanismos para salvaguardar los derechos de estas personas.
- Hemos alertado en varias ocasiones de las dificultades de acceso a la Renta Garantizada de Ciudadanía. El Real Decreto Ley tiene, en algunos aspectos, una gran complejidad que puede implicar serias dificultades en la tramitación y acceso a la prestación. Es necesaria agilidad en la tramitación, y las entidades sociales como Cáritas pueden ayudar a identificar los casos que lo necesiten, elaborando informes vinculantes para facilitar la solicitud inicial.
Cáritas Catalunya hace estas peticiones dentro de un marco donde reclama absoluta transparencia por parte del gobierno de la Generalitat y en un entorno donde el diálogo entre gobierno y entidades sociales sea fluido para que los agentes que están más cerca de las personas vulnerables puedan aportar su experiencia y conocimiento de la realidad.
Barcelona, 2 de junio de 2020