Fecha: 2 de marzo de 2025
Estimadas y estimados. Con motivo del Año Jubilar, y con el objetivo de que los fieles de nuestra archidiócesis puedan escuchar y acoger tanto el anuncio de esperanza de la gracia de Dios como los signos que testifican su eficacia, puedan peregrinar para vivir las gracias jubilares y obtener el don de la Indulgencia, se han establecido cinco templos jubilares, uno en cada arciprestazgo: la Catedral de Santa Tecla de Tarragona; la Parroquia-Santuario de la Virgen de Lledó en Valls; el Santuario de la Virgen de la Misericordia en Reus; el Santuario de la Virgen de la Sierra en Montblanc; y la Parroquia de San Salvador en El Vendrell.
Los creyentes que estén verdaderamente arrepentidos de sus pecados, excluyendo todo apego al pecado y movidos por el espíritu de caridad, y cumplan las condiciones habituales —es decir, la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Santo Padre— podrán obtener el don de la Indulgencia en las peregrinaciones a cualquiera de estos cinco templos jubilares de la archidiócesis.
En estas peregrinaciones, deberán participar devotamente en la Eucaristía, en una celebración de la Palabra de Dios o en el rezo del oficio de lecturas, laudes o vísperas, en el viacrucis, en el rezo del santo rosario, etc. También podrán hacerlo en una celebración penitencial que concluya con confesiones individuales, según lo establecido en el Ritual de la Penitencia. Las peregrinaciones a estas iglesias jubilares podrán realizarse de manera individual, en familia o en grupo y, durante un tiempo adecuado, llevar a cabo la adoración eucarística y la meditación, concluyendo con el Padrenuestro, la profesión de fe y algunas invocaciones a María, Madre de Dios, para que en este Año Santo todos «puedan experimentar la cercanía de la más afectuosa de las madres, que nunca abandona a sus hijos» (Spes non confundit, 24).
Los creyentes que, por razones de peso, no puedan participar en las solemnes celebraciones, peregrinaciones y visitas mencionadas —especialmente las monjas de clausura, los ancianos, los enfermos, los reclusos, así como aquellos que prestan servicio continuo a los enfermos en hospitales u otros lugares— podrán obtener el don de la Indulgencia jubilar si se unen en espíritu a los fieles que participan presencialmente, especialmente en las celebraciones del Santo Padre o del Obispo diocesano. Con esta participación espiritual, podrán recitar, desde donde se encuentren, por ejemplo, en la capilla del monasterio, del hospital, de la residencia de ancianos, de la prisión o en casa, el Padrenuestro, la profesión de fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conforme a los fines del Año Santo, ofreciendo sus sufrimientos o dificultades personales.
La próxima semana, si Dios quiere, continuaremos con este tema y, al comenzar el próximo miércoles el tiempo de Cuaresma, hablaremos del don de la Indulgencia a través de las obras de misericordia y de penitencia.
Vuestro,